Rommel Uño: “Los datos precisos sobre la contaminación del Pilcomayo se tendrán en un mes y serán interpretados por tres países”

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El pasado 23 de julio se reportó la rotura de un dique de cola en un centro de explotación minera situado en Agua Dulce, un sector naciente del río Pilcomayo, en el departamento de Potosí. Y aunque existieron reportes preliminares de la Gobernación de Tarija que indican la existencia de contaminación, el Gobierno boliviano aseguró el pasado viernes que «no hay una afectación negativa».

Esto según aseguran se sostiene en la valoración de un estudio sobre las consecuencias ambientales de los residuos mineros. Este primer estudio habría tomado 7 pruebas de agua del río en una longitud de 32 kilómetros de la cuenca y en un ancho de 4,5 metros con niveles de acidez del agua que van desde un pH de 2,8 hasta un pH de 7,02.

Más aún, la duda quedó instalada y mucho más en los pobladores próximos al río Pilcomayo en Bolivia, como son los pueblos indígenas. Desde Tarija el trabajo que realiza la Oficina Técnica Nacional de los Ríos Pilcomayo y Bermejo (OTN) es más profundo.

“Esperemos los resultados de laboratorio, que serán datos precisos y científicos. Estos serán interpretados por tres países y complementarán lo que la autoridad ambiental ha avanzado con el Comité Interinstitucional”, Rommel Uño, Director de la OTN.

De acuerdo al Director General Ejecutivo de esta institución Rommel Uño Martínez hasta ahora se han hecho varias gestiones en el marco de las funciones de control de la calidad del agua que les atribuye la Ley 1333 de Medio Ambiente. Entre sus primeras acciones solicitaron conocer la licencia ambiental que tiene la empresa minera en cuestión. Más aún, Uño asegura que no han recibido respuesta de la Gobernación de Potosí ni de la autoridad competente a nivel nacional.

Sumado a ello remitieron cinco informes de inicio y de complementación a Cancillería y al Ministerio de Medio Ambiente, en los que indican que no se deberían tomar en cuenta solo siete parámetros sino muchos más. Todas estas observaciones fueron dadas a conocer en reunión de emergencia acaecida en la ciudad de Potosí el pasado 10 de agosto, donde participó la Gobernación de dicho departamento.  Tras la reunión se firmó un acta de compromiso que toma en cuenta las recomendaciones de la OTN.

Añadido a esto como OTN llevan a cabo un estudio preciso y científico junto a Argentina y Paraguay en el marco de la Comisión Trinacional para el Desarrollo de la Cuenca del Río Pilcomayo (CTN). Para este estudio se toman en cuenta 60 parámetros. Los resultados según Uño estarán listos en aproximadamente un mes.

Rommel Uño Martínez, Director General Ejecutivo de la OTN, es licenciado en Ciencias de la Comunicación Social titulado en la Universidad Católica Boliviana, posee maestría en Comercio Internacional y Relaciones Internacionales en Buenos Aires (USAL), este último estudio fue realizado durante su Misión Diplomática en la Embajada de Bolivia en Argentina a partir del año 2013 al 2019.

Uño conversó con nosotros para darnos mayor claridad sobre lo sucedido con la rotura de un dique de cola en el río Pilcomayo y la problemática que rodea este hecho.

Danitza Montaño (DM). ¿La empresa minera, cuyo dique de cola habría colapsado, posee licencia ambiental? ¿Cuál es su situación?

Rommel Uño Martínez (RU). Es importante mencionar que el 23 de julio una minera que opera en Potosí colapsó su dique de cola, que tiene como rol justamente prevenir las filtraciones sobre los residuos que generaría la empresa minera. Esta filtración no se realiza de la noche a la mañana. Se trata de un proceso de licuefacción que contempla un tiempo mayor.

Las empresas mineras de acuerdo a la ley deben tener licencias ambientales, mismas que son integrales y que están reguladas por la Ley 1333 de Medio Ambiente.

Esta ley tiene dos reglamentos importantes, el reglamento para actividades mineras y el reglamento para prevención y control. También la norma establece la autoridad ambiental competente que sería el Ministerio de Medio Ambiente y a nivel departamental la Gobernación de Potosí.

Sobre cualquier operación minera se deben presentar los debidos informes técnicos para que se les otorgue la licencia correspondiente. Hay cuatro categorías, esas se las revisa a través del Gobierno Departamental, se remite al Ministerio de Minería y posterior a ello, hace lectura el Ministerio de Medio Ambiente y otorga o no otorga la licencia ambiental de acuerdo a categoría.

Ahora sobre esta empresa, hemos solicitado conocer su licencia ambiental, pero no hemos tenido respuesta, ni de la Gobernación de Potosí ni del Ministerio de Medio Ambiente. Se tiene información cruzada, no tenemos respuesta formal ni oficial. En este sentido nosotros hemos procedido a dar informes de criterio técnico bajo el criterio de la OTN, que gestiona la sostenibilidad del río Pilcomayo y el río Bermejo a nivel transfronterizo.

DM. ¿Qué hizo hasta ahora sobre el tema la autoridad ambiental competente?

RU. La autoridad ambiental competente constituyó un Comité Interinstitucional, conformado por el Gobierno Departamental de Potosí, el Ministerio de Minería, el Ministerio de Medio Ambiente, Fideicomin y el Municipio (de Potosí).

Hicieron los análisis, cerraron la empresa, la precintaron e interpusieron una querella por parte del Gobierno Departamental de Potosí. Trataron de mitigar el derrame, pero éste llegó a un afluente próximo del Pilcomayo y por gravedad hubiera la posibilidad que habría llegado a sus mismas aguas.

Por esta hipótesis establecieron siete puntos georreferenciados para hacer las mediciones de muestra en agua, tanto de la precipitada como de la disuelta. La precipitada se da cuando todos los minerales quedan en lodo y de acuerdo al caudal empiezan a caminar, van bajando; y todavía no estamos en época de lluvia.

DM. ¿Cuál fue el resultado del estudio realizado por la autoridad competente?

RU. En el informe preliminar se establece un derrame de aproximadamente 13.085 metros cúbicos y bajo nuestro cálculo, es mucho.

A través del Comité Interinstitucional se efectuaron los análisis de muestra en base a dos parámetros básicos: conductividad y PH, sedimentos y minerales pesados. Sobre conductividad y PH han hecho una valoración; de sedimentos lo han hecho a través del método de rayos fluorescentes de acuerdo a la visibilidad de 32 kilómetros cercanos al dique de cola, y falta el de minerales pesados que se está haciendo por laboratorio.

DM. ¿Qué trabajo hicieron ustedes al respecto como OTN?

RU. Nosotros conociendo ese informe y además habiendo remitido como cinco informes de inicio y de complementación a Cancillería y al Ministerio de Medio Ambiente, indicamos que se deben tomar en cuenta más de siete parámetros, pues por un lado los parámetros básicos no determinan el grado de contaminación y por otro, para los minerales pesados se tienen que tomar en cuenta alrededor de 49 a 51 parámetros, y eso lo hemos firmado en un acta posterior al informe preliminar en la ciudad de Potosí.

Nos hemos constituido en una reunión de emergencia y hemos expresado nuestras preocupaciones. Ellos nos han entendido, firmamos el acta el pasado 10 de agosto. Se ha explicado que los parámetros son insuficientes y que el método de cálculo también no debe ser solo de 32 kilómetros aguas abajo, sino debe haber puntos georreferenciados con mayor muestro.

En el acta también hemos solicitado que se nos haga conocer las licencias ambientales de esta empresa, sobre lo cual también se han comprometido. Hay una parte que preocupa, cuando dicen que nunca les han llegado los monitoreos ambientales, ¿entonces cómo estarán las otras empresas?

En el acta también se ha pedido que se incorporen alrededor de 41 parámetros a los siete ya establecidos. Ellos, como Gobernación de Potosí se han comprometido en eso y en que van a hacer todos los esfuerzos como autoridad competente.

Pero separando lo del acta firmada e informe preliminar, nosotros tenemos el reglamento ambiental para actividades mineras que indica en su artículo tres: “Los gobiernos municipales dentro del ámbito de su jurisdicción territorial, controlarán y vigilarán el impacto ambiental de las actividades mineras (…) y en caso detectar peligro inminente para la salud pública o incumplimiento de las normas ambientales, los Gobiernos Municipales informarán a la Gobernación para que se adopten las medidas correspondientes”.

Es decir, el control y vigilancia a todas las mineras debe ser realizado por el Gobierno Municipal y éste debe comunicar si hay un atentado a la salud pública o incumplimiento de las normas ambientales.

DM. Entiendo que ahora como OTN están realizando un estudio mucho más preciso con la Comisión Trinacional para el Desarrollo de la Cuenca del Río Pilcomayo

RU. Así es. Una vez ocurrido eso de acuerdo a nuestras atribuciones hemos activado el monitoreo de campaña trinacional del Pilcomayo con mayor celeridad, de la mano de la Comisión Trinacional. ¿Cuántos parámetros contempla el monitoreo de la CTN? contempla alrededor de 60 parámetros.

En el lado boliviano se establecieron 20 puntos, dos están en Tarija, tres están en Chuquisaca y el resto en Potosí, justamente donde están todos los desechos mineros. Los demás, casi 40 están en el lado argentino y paraguayo.

Este año hemos aumentado tres puntos más, concernientes al dique de cola. Desde el día 26 y 27 como delegación boliviana entre Cancillería, hemos podido llevar adelante ya el monitoreo. El resultado tardará en promedio un mes.

Respecto a las muestras se hacen análisis de muestra in situ, se llevan a determinado laboratorio de acuerdo al parámetro. Hay parámetros de Bolivia que están yendo a Buenos Aires porque deben ser tratados por un laboratorio acreditado. Nosotros como OTN, nuestro laboratorio no hace minerales pesados, hace parámetros básicos, hace parámetros físicos, químicos, residuos orgánicos e inorgánicos.

DM. ¿Si es que este estudio más científico y profundo establece contaminación qué se debe hacer, en lo inmediato y a largo plazo?

RU. Nuestra competencia es hacer la vigilancia hídrica y lo hacemos en los ríos Bermejo, Pilcomayo y Guadalquivir, científicamente expresamos la situación de los puntos georreferenciados de estudio en cuanto a la calidad del agua. Esto está reglamentado por la Ley de Medio Ambiente.

Ya las medidas preventivas y correctivas corresponden a la autoridad competente.  Nosotros hemos solicitado que se nos haga conocer un mapa de riesgos donde nos muestren claramente amenazas y vulnerabilidades sobre posibles infraestructuras que puedan generar una contaminación o daño ambiental, entonces la solución debe ser integral desde el Ministerio de Minería.  

Una vez teniendo los resultados científicos técnicos si en caso hubiera un grado grave de contaminación la autoridad ambiental competente a nivel departamental y nacional debe tomar las medidas preventivas de emergencia y en caso que no puedan ellos tener la capacidad municipal y departamental, hemos solicitado que analicen la posibilidad de declarar desastre y así pueda intervenir el Ministerio de Defensa Civil, el Ministerio de Medio Ambiente; el Estado podrá usar toda su fuerza para contener el impacto.  Eso será en función de lo que diga la autoridad competente.

Nosotros vamos a cumplir con entregar los resultados del laboratorio y eso será una valoración científica, en función a eso diremos el grado de contaminación y las consecuencias posibles. Ya la solución la tiene que determinar la autoridad competente. Es decir, el Gobierno Departamental de Potosí y el Gobierno Nacional a través de sus instancias específicas.

DM. ¿Qué destapa este problema en cuanto a la situación del río Pilcomayo?

RU. En el marco de la Ley 1333 de Medio Ambiente, la autoridad competente debe tomar las acciones de urgencia no solo en el momento en que ocurren estas cosas. Se tienen empresas mineras sobre las que se desconocería su legalidad en cuanto a sus operaciones. Debe tener la autoridad ambiental un plan de prevención y control para prevenir que los desechos minerales no lleguen al Pilcomayo.

Es un problema muy delicado porque estaríamos hablando -si existiera un daño grave- de un atentado a la salud pública y economía ¿Cuántas comunidades riegan con las aguas del Pilcomayo? o ¿Consumen las aguas? Si hubiera contaminación, hay una carga acumulativa. Ahora hay que hacer monitoreos durante todo el año para tener mayor claridad sobre la variación y fluctuación de la calidad hídrica, sobre todo por la ruptura del dique de cola.

Por otra parte, nosotros nos hemos apersonado a la ciudad de Potosí y hemos pedido al Ministerio Público que tome las acciones que correspondan por Ley, que se hagan las investigaciones. Para tratar de dar con los responsables y establecer medidas de sanción; esto es motivo para que las autoridades ambientales puedan hacer ya el control de las otras empresas.

DM. Finalmente ¿Qué le dirías a la población de Tarija? y ¿Cuál es la lección?

RU. Esperemos los resultados de laboratorio, que serán datos precisos y científicos. Estos serán interpretados por tres países y complementarán lo que la autoridad ambiental ha avanzado con el Comité Interinstitucional.

Se efectuará una valoración integral, en función a eso se debe efectuar un control y prevención de acuerdo a la Ley 1333. Esto nos debe servir para replantearnos la prevención, pero también el control, y que no ocurra lo del dique de cola de Agua Dulce.

Debe intervenir el Municipio de manera sistemática en cuanto a control y vigilancia se refiere, y eso va a hacer que de una vez tengamos un mapeo de la situación de las empresas mineras que estarían operando en Potosí, todo para precautelar los sanos intereses del Estado y no tener ningún problema en la buena relación con los otros estados.

Que la coyuntura nos permita a nivel nacional y departamental tener prevención y control, y darles regularidad a todas las operaciones en cuanto a minería se refiere en el departamento de Potosí. Por nuestra parte continuaremos haciendo la vigilancia hídrica que nos corresponde.

Los objetivos estratégicos de la OTN

De acuerdo a la Ley de Medio Ambiente, el rol de la OTN se concentra en el monitoreo de la calidad hídrica. En este marco sus competencias y atribuciones son las siguientes:

·        Actuar de contraparte técnica nacional en los acuerdos internacionales suscritos entre el Gobierno de Bolivia y los países ribereños.

·        Formular proposiciones de base para la definición de políticas en el área de las cuencas de los ríos Pilcomayo y Bermejo.

·        Vigilar el sistemático control de la calidad del agua de los ríos de estas cuencas.

·        Realizar, por si y/o por terceros, todos los estudios básicos para los programas y proyectos de aprovechamiento de los recursos hídricos de las cuencas de su jurisdicción.

·        Efectuar, por si y/o mediante terceros, estudios para el aprovechamiento de los recursos hídricos de ambas cuencas y monitorear su planificación, ejecución y operación.

·        Sugerir la ubicación de áreas protegidas, con el objeto de preservar la vida silvestre y las construcciones históricas.

·        Recopilar la información necesaria para crear y mantener un banco de datos hidrológicos y meteorológicos de ambas cuencas.

·        Impulsar y coordinar la instalación y operación de estaciones de mediciones meteorológicas e hidrológicas y realizar campañas de aforos líquidos y sólidos.

·        Actuar como banco de datos cartográficos de las cuencas de su jurisdicción.

FUENTE : EL PAIS


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